A través de esta formación el alumno adquirirá los conocimientos preventivos básicos y generales tanto a nivel teórico como práctico, que le permitan la aplicación de técnicas seguras de trabajo durante la ejecución de las unidades de obra que lleve a cabo.
Los contenidos que se relacionan a continuación se ajustan a lo establecido en el Artículo 106 de la Resolución del 11 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo estatal de la industria, tecnología y los servicios del sector del metal.
1. CONTENIDOS:
1.1 DEFINICIÓN DE LOS TRABAJOS. |
Tipos de instalaciones de telecomunicaciones: instalaciones en fachadas, aéreas, subterráneas, cámaras de registros, torres móviles, torres de comunicaciones, etc. |
Equipos de trabajo más comunes. |
1.2 TÉCNICAS PREVENTIVAS ESPECÍFICAS. |
Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de riesgos en el caso de que no exista plan. |
Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento). |
Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento). |
Riesgo eléctrico: Nociones básicas. RD 614/2001, trabajos en centros de transformación, trabajos sin tensión, baterías, con tensión, en proximidad, con tensiones de seguridad. |
Caídas de personas al mismo nivel. |
Caídas de personas a distinto nivel: escaleras de mano, escaleras de repartidor, trabajos en fachadas, trabajos en postes de madera y hormigón, trabajos en tejados, trabajos en torres. |
Espacios confinados. |
Riesgos biológicos. |
Riesgos químicos. |
Iluminación, ruido, vibraciones, condiciones climatológicas. |
Radiaciones no ionizantes (campos electromagnéticos en telefonía móvil). |
Trabajos de fusionado de fibra óptica. |
Trabajos en salas de equipos. |
Manejo manual de cargas. |
Trabajos en vía pública y seguridad vial. |
Consignas de actuación ante emergencias y accidentes. Protocolo PAS. |
Para los puestos de trabajo (técnicos, administrativos y mandos intermedios), disponer de:
.- La formación PRL de 20 horas correspondiente conforme al Convenio Estatal del Metal, o
.- Cualquier otra formación que, conforme al Convenio Estatal del Metal, convalide dicha formación: Nivel Básico de PRL, Nivel Intermedio de PRL y Nivel Superior de PRL.
.- La formación PRL conforme al CGSC que convalide la formación de los anteriores epígrafes.
Para los oficios (actividades), disponer de:
.- La formación PRL de 20 horas conforme al Convenio Estatal del Metal correspondiente a dicha actividad, o
.- Cualquier formación que convalide el tronco común de 14 horas de dichos oficios, conforme al Convenio Estatal del Metal, junto a la formación PRL de 6 horas específica de dicho oficio, o
.- Cualquier otra formación que, conforme al Convenio Estatal del Metal, convalide alguno de los casos anteriores.
.- La formación PRL conforme al CGSC que, conforme al Convenio Estatal del Metal, convalide automáticamente la formación PRL de 20 horas correspondiente a dicha actividad.
Técnicos superiores o intermedios en prevención de riesgos laborales con experiencia profesional en el sector y experiencia pedagógica.
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